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Decreto presidencial: qué dice el DNU sobre los ministerios

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Javier Milei firmó este domingo su primer decreto de necesidad y urgencia (DNU) como presidente en funciones. La norma, tal como el libertario […]

Javier Milei firmó este domingo su primer decreto de necesidad y urgencia (DNU) como presidente en funciones. La norma, tal como el libertario había sostenido durante la última semana, reduce a la mitad la cantidad de ministerios, que pasaron a ser tan sólo nueve. El nuevo gabinete está conformado, a partir de ahora, por las carteras de Economía, Relaciones Exteriores, Seguridad, Justicia, Salud, Interior, Defensa, Infraestructura y Capital Humano

«Atento a la nueva gestión de gobierno resulta necesario adecuar las disposiciones de la Ley de Ministerios y los objetivos planteados con el propósito de racionalizar y tornar más eficiente el actuar del Estado nacional», dice el primer párrafo de los considerandos del extenso DNU, de más de 70 páginas. Un primer borrador de la norma, con diversas tachaduras y correcciones in situ, había sido girado a la prensa minutos antes de que el presidente le tomara juramento a su nueva plana de ministros, demostrando el grado de improvisación —y de tiempos muy justos— con el que llegó el nuevo gobierno.

La normativa le quita a las carteras de Obra Pública, Educación, Cultura, Trabajo y Desarrollo su antiguo status de ministerios, y las reduce a meras secretarías. El mismo destino corrió el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidades que al menos por ahora no fue disuelto sino absorvido por el superministerio de Capital Humano. Respecto de los recursos que mantendrá cada sector en particular dentro de esa superestructura, el DNU no aclara demasiado pero advierte que seguirán funcionando tal como hasta ahora «hasta que se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del Ministerio de Capital Humano» y que las ahora secretarías «prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica». 

En un claro mensaje de tipo simbólico-político, fiel al discurso negacionista respecto de los crímenes cometidos por la última dictadura, el presidente decidió dejar a un lado la actual nomenclatura del «Ministerio de Justicia y Derechos Humanos», que pasará a llamarse únicamente «Ministerio de Justicia». 

El primer DNU de Milei, en paralelo, jerarquiza otras secretarías al status de ministerios. Remarca que «las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas por las siguientes Secretarías Presidenciales: General, Legal y Técnica y de Comunicación y Prensa». Las personas a cargo de esas Secretarías, dependientes de la Presidencia de la Nación «tendrán rango y jerarquía de ministro», se detalló.

Asimismo, se aclaró que «los compromisos y obligaciones asumidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación estarán a cargo de la Jefatura de Gabinete», como también las de la exSecretaría de Asuntos Estratégico, junto a «los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con sus respectivos niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha».

Por su parte, las competencias del Ministerio de Ambiente Desarrollo Sostenible y las del Ministerio de Turismo y Deportes estarán a cargo del Ministerio del Interior. Las tareas de los Ministerios de Transporte, de Obras Públicas, de Desarrollo Territorial y Hábitat pasarán a estar a cargo del Ministerio de Infraestructura.

Otro artículo del DNU crea la Agencia Nacional de Discapacidad, como organismo descentralizado en la órbita de la Jefatura de Gabinete, que tendrá a su cargo «el diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional».

También se crea el Instituto Nacional de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena como organismo descentralizado actuante en el ámbito del Ministerio de Capital Humano, «con autarquía económica y financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado».

Fuente: Página 12. Imagen: AFP

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